Cerca de 40 asociaciones federadas a DOWN ESPAÑA se reunirán, como cada año, en la Asamblea General Ordinaria para tratar temas de interés común: asuntos estatutarios habituales, debatir y exponer los proyectos del año, y presentar planes operativos e informes de resultados.
En esta ocasión tendrá lugar mañana, sábado 16 de abril, a las 10.00 horas en el Hotel Ilunion Atrium de Madrid (c/ Emilio Vargas 3), y destacan especialmente varios puntos importantes en el orden del día:
Se contará con representantes de Fundación ONCE para realizar la presentación ‘Retos actuales en relación a la discapacidad’ que se debatirá con posterioridad.
Se presentarán sendos documentos de relevancia para el movimiento asociativo y para la actividad de la Federación: el ‘III Plan de Acción para personas con síndrome de Down y sus familias en España’ y el ‘Código ético y de buen gobierno DOWN ESPAÑA’. Con relación a éste último, se procederá a la elección de los miembros que conformarán el Comité de Ética.
Se dará la baja y la admisión, si procede, a nuevas entidades asociadas.
Se presentará el XVI Encuentro Nacional de Familias y VIII Encuentro Nacional de Hermanos, que tendrá lugar en Córdoba del 28 al 31 de octubre de este año.
La jornada podrá seguirse a través de los perfiles de DOWN ESPAÑA en Facebook y Twitter. Se habilitará el hashtag #asambleaDown en Twitter, para facilitar la difusión de la información y acoger las cuestiones que se quieran plantear.
Pero fue en verano de 2014 cuando los componentes de Motxila 21 vivieron uno de sus momentos más importantes e ilusionantes: su primera “gira europea”, que les llevó a dar seis conciertos en Londres. Durante este viaje se aprovechó para realizar un documental, gracias a la financiación por crowfunding.
Ahora, llega otro de esos momentos que quedará marcado para siempre en la historia de la banda: el estreno de ‘Motxila 21 – El documental’, testimonio de lo que supuso aquella gira. Una ‘road movie’ donde el propio viaje transforma a los protagonistas, y que como sus reponsables afirman “habla de diversidad, de respeto, de amistad, de creatividad, de rock, de música, pero sobre todo habla de personas. Visibiliza a las personas con síndrome de Down desde una óptica positiva pero sin paternalismo”.
En el documental “les vemos reír, enamorarse, cantar, enfadarse, hacerse bromas, hablar de lo que les preocupa, enfrentarse a problemas…”. Todo ello en un escenario, Londres, “donde se han escrito algunos de los capítulos más míticos de la historia del rock”.
‘Motxila 21 – El documental’ tendrá un estreno por todo lo alto, mañana viernes 15 de abril en la Cineteca del centro cultural Matadero, en Madrid (uno de los espacios de arte y creatividad más conocidos de la capital). Habrá pases hasta el 24 de abril, pero el estreno contará además con el director de la cinta, Iñaki Alforja, y los componentes del grupo, con los que se organizará un coloquio tras la proyección.
DOWN ESPAÑA, DOWN COMPOSTELA y el CERMI Estatal manifiestan su apoyo a la familia de Mara G.C., así como su respaldo a un recurso de amparo para que el Tribunal Constitucional reponga el derecho al voto de esta joven con discapacidad intelectual. Estas entidades se servirán del hashtag #StopDiscriminación para dar a conocer la noticia y recabar apoyos en redes sociales.
Mara es una joven, que tiene actualmente 19 años, para la que sus padres solicitaron una incapacitación parcial, pero “respetándole sus derechos personalísimos”, entre los que se encuentra la posibilidad de votar. El 2 de septiembre de 2014, el juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago dictó sentencia en la que, entre otros aspectos, priva a Mara del derecho al sufragio activo. La familia recurrió a la Audiencia Provincial de A Coruña, que el 11 de marzo de 2015 ratificaba esta sentencia, al igual que hizo la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en la sentencia número 18/2016 de 17 de marzo pasado. El fallo del Tribunal Supremo se produjo en contra del criterio de la Fiscalía quien solicitó, de acuerdo con lo que establece la Convención de la ONU, que se facilitase a Mara los apoyos necesarios y se le permitiese poder votar. “No se tiene en cuenta el deseo expresado” por la joven, indica la Fiscalia en sus alegaciones al TS.
Tanto en primera instancia como en la Audiciencia Provincial “no se ha tenido en cuenta la importancia que para las personas con discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones”, señalaba la Fiscalía, que apoyó el recurso de casación de la familia ante el Tribunal Supremo, aunque el fallo no tuvo en cuenta este criterio.
El presidente de DOWN COMPOSTELA , Juan Martínez, ha señalado hoy que la sentencia del Tribunal Supremo del 17 de marzo que impide a Mara poder votar “viola los artículos 23 y 14 de la Constitución Española y los artículo 5, 12 y 29 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”. La Fiscalía también se ha mostrado contraria a la sentencia del TS.
Para el presidente de DOWN COMPOSTELA, Juan Martinez, el Tribunal Supremo ha desperdiciado la primera ocasión en la tuvo que pronunciarse sobre el derecho al voto de las personas con discapacidad para “respetar la Constitución Española y la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Unas normas de obligado cumplimiento por el Estado español, toda vez que la Convención de la ONU se publicó en el BOE en mayo de 2008”.
Esta opinión también es compartida por el CERMI estatal, quien ha solicitado a la Oficina del Defensor del Pueblo que presente recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. “La Constitución Española reconoce sin limitaciones ni excepciones el derecho al sufragio activo y pasivo de todas las ciudadadanas y ciudadanos españoles en su artículo 23”, indica Leonor Lidón, delegada del CERMI Estatal para la Convención de la ONU y los Derechos Humanos.
El problema deriva, según ha explicado Martínez, en que, cuando una persona es sometida a un proceso judicial de incapacitación, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG, en su artículo 3) obliga a los jueces a pronunciarse sobre la capacidad de estas personas para poder votar. “Esto supone una discriminación en sí mismo”, ha afirmado el presidente de DOWN COMPOSTELA, en tanto en cuanto “no se somete al mismo examen a toda la población y sólo se hace con aquellas personas con discapacidad que se someten a un proceso de incapacitación”. Para Martínez, el gobierno debería modificar la LOREG, una ley de 1985, que contraviene la Convención de la ONU y a la propia Constitución en este aspecto, ya que “la Constitución en ninguno de sus artículos pone limitaciones al derecho al voto de las personas. No se puede decir que se protege a una persona cuando se están vulnerando sus derechos”.
Para el CERMI, la interpretación que ha hecho el Tribunal Supremo en su sentencia “es contraria a los principios de igualdad y no discriminación, por cuanto el examen de capacidad sólo se realiza sobre un conjunto de la población definido” (algunas personas con discapacidad) y que se identifica en el seno de un proceso judicial que debe ser conducente a la mejor garantía de sus derechos, que nunca puede pasar por su negación, de forma tal que no puede protegerse vulnerando, como se ha venido haciendo hasta ahora”.
Ahondando en esta línea, Leonor Lidón, delegada del CERMI para la Convención de la ONU y los Derechos Humanos, asegura que la Convención y la Constitución “no definen ni establecen restricciones ni limitaciones” sobre el derecho al voto. “No hay colisión entre las mismas”, por lo que estas leyes de rango superior “no pueden ser vulneradas por una normativa de rango orgánico” como es la Ley de Régimen Electoral General.
Discrepancias entre el TS y la fiscalía
En la sentencia, el Tribunal Supremo estima que “ la decisión de privación del derecho de sufragio activo es por tanto legalmente posible y compatible con la Convención de Nueva York, sin perjuicio de que para la eventual adopción de tal medida sea preciso examinar de forma concreta y particularizada las circunstancias e intereses concurrentes, evitando todo automatismo, incompatible con los derechos fundamentales en juego, para calibrar la necesidad de una medida dirigida a proteger los intereses del incapaz y el propio interés general de que la participación electoral se realice de forma libre y con un nivel de conocimiento mínimo respecto del derecho al votar y de la decisión adoptada, como advierte la sentencia recurrida”.
Unos argumentos con los que la Fiscalía se mostró contraria. En el informe que presentó al TS antes de emitirse el fallo, la fiscalía “no considera suficiente que el interrogatorio de la incapacitada sobre determinadas cuestiones políticas electorales, que por lo demás contestó con bastante acierto según la sentencia de instancia, sea causa suficiente para privarla del derecho fundamental al sufragio activo. Privación que se fundamenta en causas ajenas como su aptitud pareja al primer ciclo de educación primaria, su desconocimiento casi total del valor del dinero o su ignorancia sobre los partidos políticos, haciendo hincapié, casi en exclusiva, en el deseo expresado por la afectada que no se tiene en cuenta. No se ha tenido en cuenta la importancia que para las personas con discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones”.
Tirón de orejas de la ONU en 2013 y nuevo examen en 2017
Precisamente, esta interpretación que hace la LOREG ha sido uno de los motivos por los que el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su informe del año 2013, dio un tirón de orejas al gobierno español.
“Preocupa al Comité que se pueda restringir el derecho al voto de las personas con discapacidad intelectual o psicosocial si la personas interesada ha sido privada de su capacidad jurídica o ha sido internada en una institución”, dice el Comité en el documento firmado en 2013. Es más, mostraba su “preocupación por el número de personas con discapacidad a las que se ha denegado el derecho al voto” en España. Según unas de claraciones del presidente del CERMI, Luis Cayo del año pasado, “unas 80.000 personas con discapacidad no pueden ejercer el derecho al voto” en nuestro país.
En el informe de 2013, el Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad recomendaba al gobierno español que “modifique el artículo 3 de la Ley Orgánica 5/1985, de Régimen Electoral General, que autoriza a los jueces a denegar el derecho de voto en virtud de decisiones adoptadas en cada caso particular. La modificación debe hacer que todas las personas con discapacidad tengan derecho a votar”, señala el informe de Naciones Unidas.
El año que viene “Naciones Unidas volverá a someter a examen a España sobre la aplicación de la Convención y se preguntará al Gobierno por este punto en concreto”, señala Leonor Lidón en un informe sobre la vulneración de derechos. “Esto nos hace prever que la ONU volverá a tirar de las orejas a nuestro país, ya que en estos años no se ha modificado esta ley”, asegura Juan Martínez.
Apoyo del Cermi y de la Fiscalía
Lourdes González-Laganá, abogada de la familia de Mara, ha asegurado que además de con el apoyo de DOWN COMPOSTELA, y del de DOWN ESPAÑA, “la fiscalía ha anunciado que presentará un recurso contra la sentencia del Tribunal Supremo, y esperamos que también nos apoyen en el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional”.
“Estamos pidiendo para las personas con discapacidad los mismos derechos que reclamábamos las mujeres a principios del siglo XX. Recordemos que nosotras no pudimos votar en España hasta 1933. Y hasta que se aprobó la Constitucion de 1978, ni siquiera podíamos abrir una cuenta bancaria. Ahora en pleno siglo XXI queremos hacer algo similar con las personas con discapacidad y esto no puede ser”, asegura Lourdes.
Investigadores del Centro de Regulación Genómica (CRG) y del Instituto de Investigaciones Biomédicas August Pi i Sunyer (Idibaps) han identificado por primera vez las alteraciones del circuito neuronal que afectan a la fisiología de la corteza cerebral, y que podrían ser las causantes de los déficits cognitivos en el síndrome de Down.
Según el estudio, publicado en la revista ‘Jornal of Neuroscience’, un gen vinculado con esta discapacidad intelectual se asocia a cambios en los ritmos cerebrales en la corteza, que es la región responsable del razonamiento, el lenguaje y el comportamiento social.
El estudio da «un paso más adelante» en la investigación en este ámbito porque ha estudiado la fisiología, es decir, la función de la corteza cerebral, y ha comprobado que esas alteraciones celulares y pequeños cambios en la conectividad inhibitoria se traducen en un déficit de la activación de esta región y en su ritmo y sincronización de la actividad neuronal.
“Uno de los grandes problemas de la discapacidad intelectual es que no comprendemos cómo las alteraciones que detectamos a nivel celular desembocan en cambios en los circuitos cerebrales y alteraciones de la función cognitiva. El trabajo que acabamos de publicar explica algunas de estas alteraciones celulares y ofrece por primera vez un estudio in vivo de la fisiología de la corteza cerebral, estructura clave en las funciones ejecutivas como la concentración, el aprendizaje o la resolución de problemas”, comenta Mara Dierssen, del CRG, jefa del grupo de Neurobiología Celular y de Sistemas y coinvestigadora principal de este estudio.
DOWN ESPAÑA acaba de estrenar un bonito vídeo de animación que desde hoy dará la bienvenida a los miles padres que visiten la web www.mihijodown.com, y con el que pretende ayudarles en los primeros momentos tras conocer que su hijo ha nacido o nacerá con síndrome de Down. Unos momentos en los que es habitual vivir una variedad de sentimientos (como la sorpresa, la tristeza, el desasosiego o incluso la ira), y que son muy habituales entre los padres, ya que como cuenta el vídeo “les pasa a casi todas las familias, pero muy pronto os vais a dar cuenta de todos los motivos de alegría que tenéis”.
Y es que, con un diseño alegre y muy positivo, la pieza busca algo fundamental: que los padres celebren el nacimiento de su bebé. “Os enseñará cosas maravillosas, y juntos compartiréis momentos fantásticos”, se les recuerda. Se anima a los padres a vivir con intensidad cada momento junto a su hijo recién nacido, a no perderse ni un solo momento y a disfrutar de cada descubrimiento que como familia puedan hacer.
El vídeo también subraya algunos datos recogidos en un estudio de la American Journal of Medical Genetics, una de las revistas científicas más importantes del ámbito de la investigación genética. Esta publicación destaca que “el 99% de los padres afirma amar a sus hijos con síndrome de Down, y el 79% ven la vida de forma más positiva desde el nacimiento de sus hijos”. Los hermanos también tienen su lugar en este estudio, ya que “el 88% de ellos declaran ser mejores personas gracias a sus hermanos con síndrome de Down”. Y, por supuesto, también se pone el foco en las propias personas con esta discapacidad: el 99% afirma ser felices con sus vidas.
La normalidad con la que viven sus vidas y van cubriendo sus etapas estas personas es otro de los aspectos que el nuevo vídeo quiere poner en valor. DOWN ESPAÑA pretende que los padres comprendan que, con su apoyo, su hijo irá conquistando los mismos logros que el resto de niños. Aprenderá a andar, a jugar y a disfrutar con sus compañeros, y conforme vaya creciendo podrá recorrer el mismo itinerario vital que cualquier otra persona: podrá estudiar, tener su propio trabajo y vivir de manera independiente.
Pero esas etapas llegarán con el tiempo, a su debido momento. Tras el nacimiento, el vídeo quiere que los padres entiendan que lo importante es disfrutar del bebé y de la familia que conforman, queriendo, mimando y cubriendo de gestos cariñosos a su hijo.
Para cualquier duda, consulta o necesidad de información que tengan, DOWN ESPAÑA pone a su disposición los recursos de www.mihijodown.com, la web de referencia para los padres que esperan un hijo con síndrome de Down, desarrollada en colaboración con Fundación Mapfre. Con más de 100.000 visitantes únicos en 2015, es la página líder en habla hispana con información de primera noticia sobre los niños con síndrome de Down.
En ella, las familias pueden encontrar toda la información que necesitan de forma rápida y accesible, clasificada según la edad de los niños y por áreas de interés. Además, la página ofrece enlaces de interés, recursos, documentos y publicaciones imprescindibles, ofreciendo a los padres un lugar de referencia y confianza durante los primeros años y hasta la etapa de adolescencia de sus hijos.
Hoy ha comenzado la campaña de la Renta, que se extenderá hasta el próximo 30 de junio, poniendo a disposición de los todos los contribuyentes los servicios telemáticos para realizar la declaración. Para hacerla de forma presencial habrá que esperar hasta el 10 de mayo.
Así, este año siete millones de personas, entre las que se encuentra el colectivo de personas con síndrome de Down, se beneficiarán de los programas financiados por los fondos procedentes del Impuesto sobre el Rendimiento de las Personas Físicas.
En esta ocasión se quiere poner énfasis en el lema “Ni pagas más, ni te devuelven menos”, puesto que un 46% de la población contribuyente no marcó la casilla «X Solidaria» en el pasado ejercicio. Por eso se recuerda que, sin perder ni un solo céntimo de su bolsillo, la solidaridad de los contribuyentes que el año pasado marcaron la casilla de Fines Sociales de su declaración de la renta, ha permitido en 2016 poner en marcha 1.272 programas sociales llevadas a cabo por 470 entidades sociales.
¡Ayúdanos a ayudar, marca la casilla solidaria en tu declaración de la renta!
Deducciones por discapacidad
DOWN ESPAÑA quiere recordar a las familias de personas con síndrome de Down la existencia de deducciones fiscales por descendiente con discapacidad (hasta 1.200 euros para cada miembro con discapacidad).
Los requisitos para tener acceso a estas deducciones son:
Que el descendientesea menor de 25 años a la fecha de devengo del Impuesto, salvo que sean descendientes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, en cuyo caso podrá aplicarse el mínimo, cualquiera que sea su edad, si cumplen los restantes requisitos.
Que el descendiente conviva con el contribuyente.
Que el descendiente no haya obtenido en el ejercicio 2015 rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del impuesto.
Que el descendiente no presente declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
Para solicitarla los contribuyentes deberán cumplimentar las casillas correspondientes de su declaración de la renta y lo podrán hacer a través de cualquiera de las siguientes vías, en Renta Web o programa PADRE:
1) Desde la pantalla de datos personales
Pulsando en la casilla “Nombre” del descendiente que genera el derecho a la deducción (Pantalla 3), y se consignan los datos de la deducción (Pantallas 4 y 5).
2) Desde la pantalla de Resumen de declaración
Se selecciona el hipervínculo de “deducción por descendientes con discapacidad a cargo. Importe de la deducción” (Pantalla1), posteriormente se selecciona CAPTURA DE DATOS (Pantalla 2), se pulsa sobre el nombre del descendiente que genera el derecho (Pantalla 3) y se consignan los datos de la deducción (Pantallas 4 y 5).
3) Desde el programa PADRE
En la página 16 del programa PADRE, a través del cuadro Captura de datos para deducción por descendientes con discapacidad a cargo, después (Pantallas 3, 4 y 5).
En la Pantalla 5, se deberán consignar los siguientes datos:
El NIF del descendiente, cualquiera que sea su edad y el nombre.
El número de personas con derecho a aplicar el mínimo por descendientes.
La fecha de efectos del reconocimiento de la discapacidad.
La fecha de fin de la discapacidad sólo se hará constar en el caso de que haya cesado la discapacidad en 2015.
Hay que consignar también las cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad e indicar si es pensionista o percibe prestación por desempleo.
Kenny Kahn, CEO de Beauty & Pin-Ups declaró que «cuando lanzamos este producto, se nos ocurrió el nombre ‘Fearless‘ (sin miedo), y fue muy fácil identificar a nuestra modelo. Katie es una mujer sin miedo». Katie tiene dos hermanas, «al crecer quería hacer todas las cosas que ellas hacían. Fuimos al mismo colegio. En algunas clases me daba miedo no poder hacer el trabajo», aclara Katie, quien logró obtener su diploma con ayuda de su familia, profesores y amigos.
Así como Katie, otras modelos con Síndrome de Down han logrado abrirse paso en el mundo de la moda. En 2015, Jamie Brewer se convirtió en la primera mujer con síndrome de Down en caminar por las pasarelas de la Semana de la Moda de Nueva York. También participó en la serie American Horror Story. Madeline Stewart, de 19 años, también participó en este evento de moda en la pasarela del colectivo FTL, que apoya a jóvenes creadores.
DOWN ESPAÑA se ha sumado a la campaña para solicitar a la Real Academia Española (RAE) de la Lengua la retirada del diccionario de las acepciones peyorativas contenidas en el mismo para referirse al síndrome de Down: ‘mongólico’, ‘subnormal’ y ‘mongolismo’.
La Federación apoya así la Proposición No de Ley (PNL) impulsada por el PSOE para su debate en el Congreso de los Diputados, solicitando a la RAE que modifique y actualice estas acepciones para eliminar de ellas las referencias al síndrome de Down, y que se revise de nuevo el tesauro europeo de educación para evitar que las opciones para etiquetas de una obra o publicación que trate la trisomía 21 sean las de ‘mongolismo’ o ‘deficiente mental’.
El gerente de DOWN ESPAÑA, Agustín Matia, agradece al grupo político la iniciativa, entendiendo que no tendría por qué haber problema en su retirada del diccionario puesto que «ambas acepciones apenas se utilizan en la actualidad».
Matía aclara que esta supresión también ayudaría a solventar los prejuicios que existen sobre el síndrome de Down. «Estaría bien que el diccionario ayudara a superar este estigma. Cada vez es más raro y llama mucho la atención que alguien los utilice”, subraya.
Mientras, fuentes de la Real Academia de la Lengua aseguran que todas aquellas peticiones y propuestas que reciben son «estudiadas, valoradas y analizadas» y no se informa sobre ellas hasta que no exista una conclusión sobre las mismas.
La segunda edición del Encuentro Nacional de Jóvenes de DOWN ESPAÑA tendrá lugar del 20 al 22 de mayo de 2016 en Santiago de Compostela, esta vez con la colaboración de DOWN GALICIA. Se trata de una cita ideada para los jóvenes mayores de 18 años con y sin síndrome de Down pertenecientes a las entidades adheridas a la Red Nacional de Vida Independiente de DOWN ESPAÑA.
Los participantes se alojarán en las instalaciones del Hostal La Salle, situado en el casco histórico de la ciudad: a ocho minutos de la Catedral y muy cercano a los principales monumentos de la ciudad. Allí tendrán lugar también algunas de las actividades programadas.
Los objetivos que persigue este II Encuentro Nacional de Jóvenes son:
Proporcionar un espacio de encuentro para jóvenes de toda España.
Compartir experiencias y conocimientos relacionados con los diferentes proyectos de Vida Independiente.
Establecer espacios de debate tratando temas sobre la vida independiente.
Recibir formación adicional relacionada con la VidaIndependiente.
Dar a conocer la ciudad y la cultura gallega.
Con ello se busca impulsar el diálogo y el intercambio de información y experiencias entre los jóvenes en un contexto totalmente inclusivo de convivencia. Para lograrlo, se ha diseñado un programa que contempla desde actividades culturales al aire libre y visitas turísticas, hasta mesas redondas y acciones formativas.
Inscripción y programa
Para gestionar adecuadamente el seguro del Encuentro es necesario que cada participante cumplimente la HOJA DE INSCRIPCIÓN INDIVIDUAL AL II ENJ 2016 (para obtenerla es necesario ponerse en contacto con la entidad a la que se pertenezca). La información debe enviarse al correo programas@sindromedown.org.
Para asegurar un enfoque más inclusivo, se establece una ratio de participantes de forma que como máximo, de cada 4 jóvenes inscritos 3 tengan síndrome de Down.
DOWN ESPAÑA está desarrollando desde 2015, y en colaboración con Divina Pastora Seguros, un plan formativo para fomentar la autonomía y la vida independiente de las personas con síndrome de Down.
Se trata de un proyecto cuyo objetivo es asentar entre la población con esta discapacidad unos conocimientos sobre sus propios derechos y sus capacidades de autodeterminación. Y todo tratando de profundizar en los nuevos modelos de apoyo al colectivo mediante una formación significativa y de carácter práctico.
El plan consta de diversas acciones online, tanto para usuarios con discapacidad como para los profesionales que les apoyan.
Para jóvenes con síndrome de Down: un curso formativo online sobre derechos. Se realizó en el marco del XV Encuentro Nacional de Familias, que tuvo lugar en Valencia en el mes de octubre. Participaron más de 105 jóvenes con y sin discapacidad de 32 entidades pertenecientes a DOWN ESPAÑA. Además, se realiza otro curso online, llevado a cabo en las instalaciones de las propias entidades federadas.
Para familias: DOWN ESPAÑA está actualmente elaborando los contenidos de un curso formativo online dirigido al entorno familiar de los jóvenes, que girará en torno a la autodefensa legal del colectivo con síndrome de Down.
Para profesionales: un último curso formativo online, en el que participarán las 55 asociaciones adheridas a la Red Nacional de Vida Independiente de DOWN ESPAÑA.
Precisamente para mejorar la formación que reciben los profesionales, DOWN ESPAÑA acaba de lanzar dos publicaciones de apoyo: ‘Modelo de vida independiente’ y ‘Modelo de Empleo con Apoyo’. Ambas pueden usarse en el contexto de esta formación, pero también de forma autónoma a la manera que cada asociación considere.
El ‘Modelo de vida independiente’ pretende establecer un marco que sirva de referencia para todas aquellas entidades que están desarrollando servicios, programas y proyectos orientados al fomento de la autonomía personal y la vida independiente. Al ser la vida independiente un ámbito de carácter global que implica todas las áreas y etapas de la vida de la persona, el documento aporta una diversidad de recursos y enfoques que converjan en un horizonte común y compartan unos principios básicos.
Por su parte, el ‘Modelo de Empleo con Apoyo’ repasa los fundamentos de esta metodología de inserción laboral, proponiendo un modelo de desarrollo coherente para la práctica de esta modalidad.
En esta publicación se marcan cuáles son los principios y protocolos para que cualquier servicio que se emprenda bajo la denominación de Empleo con Apoyo responda a la filosofía y a la práctica esencial de la misma. Pretende servir de guía y orientación para aquellas entidades o técnicos que se inician en este tipo de servicios, o como guía de corrección para aquellas que ya lo desarrollan.
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