DOWN ESPAÑA exige al Gobierno que cumpla las recomendaciones de la ONU y apueste por la educación inclusiva

El pasado 22 de marzo, el Comité de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad emitió un informe provisional en el que denunciaba de manera contundente que España vulnera gravemente el derecho a la educación inclusiva de los niños y niñas con discapacidad. El informe critica directamente que la LOMLOE “permita un doble sistema de enseñanza discriminatorio” y que las leyes de varias comunidades autónomas respalden “los centros educativos segregadores”. Por este motivo, DOWN ESPAÑA, se ha reunido con Mónica Domínguez García, Dra. general de Evaluación y Cooperación Territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Según Naciones Unidas, en España hay más de 41.000 alumnos con discapacidad que están escolarizados en alguna modalidad de enseñanza segregadora; cifra que, según se constata, en los últimos años ha aumentado ya que cada vez son más los centros educativos ordinarios que aparta a estos alumnos en aulas especiales. Esta situación es incompatible con el modelo educativo inclusivo que, según dicta la ley actual, debería estar establecido en España en 2031 y, a fecha de hoy, está muy lejos de cumplirse.

Para Agustín Matía, director de DOWN ESPAÑA, el informe deja claro que “la educación (inclusiva y de calidad) de las personas con discapacidad es un DERECHO. No es una simple recomendación y, por tanto, como derecho fundamental, está asociado a la persona con discapacidad y debe respetarse; por encima de la decisión de padres, madres u otros familiares”. “El titular del derecho a la educación (inclusiva) -continúa Matía- es la propia persona con discapacidad y los familiares tienen el deber de cuidado y apoyo a la inclusión educativa”.

Para Matía, puesto que todas las personas con discapacidad tienen derecho a la educación (inclusiva), el sistema escolar debe crear apoyos individualizados y ajustes razonables para conseguirlo. “El sistema educativo (general) es inclusivo y, por tanto, no existe un derecho a la educación especial. No puede haber dos sistemas educativos (general y especial). Como señala el informe, escolarizar en centros especiales o en aulas especiales en un centro ordinario es una forma de discriminación y, en consecuencia, incompatible con la Convención”.

Según matiza Matía: “la oposición, la resistencia al cambio del sistema educativo se debe a los intereses creados que quieren evitar esa transformación. En este momento, en España existe una mayoría de personas con discapacidad intelectual mal atendida educativamente (sin apenas apoyos en el aula, sin ajustes…) que tiene una enorme presión (de colegios, docentes, inspectores y administraciones) para “ir encajando” en las estructuras separadas de la mal llamada “educación” especial, para evitar así tener que hacer cambios profundos en el sistema educativo”.

Para DOWN ESPAÑA es “absolutamente necesario” transformar el sistema educativo actual para que los niños y niñas con síndrome de Down puedan aprender en una escuela inclusiva de calidad que garantice su derecho a la educación. Por ello, tras la publicación de este último informe, la Federación se ha dirigido por carta a la ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Pilar Alegría, y se ha reunido con Mónica Domínguez García para exigir al Gobierno que se tomen las medidas oportunas para implementar lo antes posible el “Plan para la Educación Inclusiva” -al que el Ministerio en la LOMLOE se comprometió a desarrollar en un plazo de 10 años- que garantice la educación de calidad para todo el alumnado.

En dicha carta, DOWN ESPAÑA, solicita:

  • La elaboración urgente del ‘Plan de Inclusión Educativa’ que cumpla los requerimientos de la ONU para que la inclusión educativa se aplique de forma generalizada en nuestras escuelas,. Sin excusas, con valentía y contando con el talento y conocimiento experto que tiene nuestro país”. Para la Federación, “es imprescindible la coordinación con las Comunidades Autónomas y los agentes educativos en este proceso de transformación tan laborioso y complejo, ya que cualquier retraso en su aprobación, conllevaría inmovilismo y posibilidades de fracaso”.
  • Que se aprueben medidas de inclusión positivas: accesibilidad, apoyos para la inclusión dentro de las aulas, ajustes en los centros para la eliminación de barreras y la aplicación del “Diseño Universal de Aprendizaje”.
  • Que se promuevan cambios en las valoraciones del alumnado con discapacidad, se otorgue mayor importancia a sus potencialidades y se analicen las barreras (estructurales, curriculares, metodológicas, organizativas…) que el sistema tiene para el alumnado en todos los niveles.
  • Que se promueva un ambicioso plan de formación del profesorado sobre estrategias y prácticas educativas inclusivas que permita a los docentes convertirse en verdaderos agentes de transformación educativa en las escuelas y que en nuestras Facultades de Educación se fomente la formación, la visión y el enfoque de la inclusión educativa.
  • Que se fomente la participación de organizaciones de familias y de apoyo a personas con discapacidad en nuestras escuelas con la finalidad de ofrecer y compartir su formación, conocimientos, experiencia, recursos, etc.
  • Que se contemple mayor financiación en los presupuestos públicos que permita llevar adelante el reto de transformación inclusiva de nuestro sistema escolar.
  • Que se convoque, cuanto antes, el Foro de Inclusión educativa (como espacio lógico y natural donde plantear este tipo de debates).

Para Matía, “ajustar el sistema educativo escolar para que proporcione educación a las personas con discapacidad (sobre todo las de tipo cognitivo intelectual) es enormemente laborioso porque se trata de transformar la educación, no solo de ajustes, y eso asusta, genera miedo e incertidumbre y necesita mucha reflexión, dinero, formación y voluntad”. “Sabemos de su complejidad, pero si obviamos, negamos o desacreditamos el informe de la ONU y la Convención, si, en definitiva, no nos creemos los Derechos de las personas con discapacidad, evitemos, al menos, la hipocresía de mencionarlos”, concluye.

Agustín Matía reflexiona sobre el último informe de Naciones Unidas: «Un repaso en toda regla»

El 22 de marzo se hizo público (versión provisional) un Informe del Comité de Naciones Unidas de seguimiento de la Convención de Derechos para las Personas con Discapacidad (CDPD)[1]; un Informe específico para España que analiza el cumplimiento del Art.24º -derecho a la educación-.

Un texto directo y demoledor y que, posiblemente, es la mayor crítica que ha recibido nuestro país en temáticas de Derechos Humanos (no sólo en relación a personas con discapacidad sino en general); una muy severa llamada de atención como nunca había tenido antes nuestra nación.

Para entender la importancia de este informe es clave conocer dos cosas. La primera es que nuestro país tiene una norma fundamental (la Constitución) que menciona en dos de sus artículos (96 y 10.2) que los tratados internacionales firmados por España forman parte de nuestro ordenamiento interno (son derecho positivo) y que por lo tanto las normas relativas a derechos fundamentales deben interpretarse de conformidad a los tratados de Derechos Humanos ratificados por nuestro país. La segunda es que todas las Convenciones de DDHH (también la de personas con discapacidad) constituyen comités de seguimiento internacionales que son los que interpretan, hacen informes, elaboran documentos aclaratorios -Observaciones Generales- y aportan orientación para poder aplicar los Tratados de la manera correcta.

¿Por qué es tan relevante para España y, sobre todo, tan tajante este documento?

Hay varias razones (basta con leer las Recomendaciones: págs. 17, 18 y 19) pero, en lo esencial, se pueden destacar cuatro:

1º) La educación (inclusiva y de calidad) de las personas con discapacidad es un DERECHO, no una simple orientación, recomendación, principio o diseño pedagógico. Por lo tanto, como tal derecho fundamental, está asociado a la persona con discapacidad y debe respetarse.

2º) Al ser un derecho fundamental de la persona (con discapacidad), está por encima de la decisión de padres, madres u otros familiares. Es decir, el titular del derecho a la educación (inclusiva) es la propia persona con discapacidad. Los familiares tienen el deber de cuidado y apoyo a la inclusión educativa.

3º) Todas las personas con discapacidad tienen derecho a la educación (inclusiva) y, por lo tanto, el sistema escolar debe crear apoyos individualizados y ajustes razonables para conseguirlo. Se plantea que hay que transformar el sistema educativo para que esto sea posible y que los apoyos individuales que sean necesarios deben aportarse (la escuela se adapta al niño, no al revés).

4º) El sistema educativo (general) es inclusivo y, por lo tanto, no existe un derecho a la educación especial. No puede haber dos sistemas educativos (general y especial) y, se recuerda, que escolarizar en centros especiales es una forma de discriminación y en consecuencia, incompatible con la Convención de Derechos.

Este Informe debiera generar un pequeño terremoto porque se trata de una muy seria llamada de atención al incumplimiento de los Derechos Humanos de las personas con discapacidad en nuestro país -en relación a la educación- aunque, por ser sinceros, estamos convencidos que se hará todo lo posible por ignorarlo y evitarlo como ya se hizo con documentos anteriores.

La forma en la que respondamos mostrará si somos el país serio, de ley, riguroso con los Derechos Humanos y comprometido socialmente que muchos dicen que somos.

¿Por qué hay tanta oposición, tanta resistencia al cambio del sistema educativo, tantos intereses creados (políticos y más que políticos) para evitar esta transformación?

En este momento, en España, existe una mayoría de personas con discapacidad intelectual mal atendida educativamente (sin apenas apoyos en el aula, sin adaptaciones, sin que se le permita titular, sin acceso a los mismos contenidos que sus compañeros, sin poder acudir al mismo colegio que sus hermanos…).

Esta mayoría tiene una enorme presión (de colegios, docentes, inspectores y administraciones) para “ir encajando” en las estructuras separadas de la mal llamada “educación” especial, para evitar así tener que hacer cambios profundos en el sistema educativo.

Estas generaciones van pasando por nuestras escuelas, con apoyos muy deficientes, en la mayor parte de los casos, y nuestro país calla o decide no actuar (en el fondo subyace la idea de que muchas de ellas son personas “no educables” y, por lo tanto, ¡para qué vamos a esforzarnos!).

La lucha por dotar de dignidad a la vida de la persona con discapacidad (sobre todo cuando es intelectual) es una larga caminata.

Dos son las razones de fondo que hacen que estos cambios sean tan difíciles, tan retadores:

1-Ajustar el sistema educativo escolar para que proporcione educación a las personas con discapacidad (sobre todo las de tipo cognitivo intelectual) es laborioso. Se trata de transformar la educación (no sólo de ajustes) y eso asusta, genera miedo e incertidumbre, necesita mucho pensamiento, reflexión, dinero, formación y voluntad. Es difícil.

2- La inercia (lo que se podría llamar “la trampa de la ortopedia”). Históricamente nuestro país ha construido un sistema minoritario, separado, de aparente educación, para muchas personas con discapacidad, con la idea de intentar atender mejor a personas diferentes, sobre todo esas situaciones de ámbito sociosanitario (conducta, problemas mentales, discapacidad cognitiva profunda, apoyo médico…). Este sistema, en muchos casos, tiene poco de educativo y mucho de asistencial (sirva de ejemplo el que no se titula oficialmente) pero se le dio ese nombre y se convirtió en la solución fácil, simplificadora y obvia para no enfrentarse al reto real de la educación de todas las personas.

Y en esas estamos...

Este Informe (léanlo, por favor) es un vivo retrato de nuestro país en uno de los temas más difíciles de construir como es el de la educación (inclusiva). Lo difícil es aplicarlo. Lo fácil es obviarlo, negarlo, desacreditarlo… pero, de actuar así, por favor, dejen de hablar de la dignidad de la persona con discapacidad, del derecho a su vida digna, de la igualdad con el resto o del respeto a sus derechos humanos y a construir una sociedad incluyente. Por lo menos, si no nos creemos sus Derechos, evitemos al menos la hipocresía de mencionarlos.

Agustín Matía

Dtor. DOWN ESPAÑA


[1] https://www.sindromedown.org/storage/2024/04/20240322-CRPD_C_ESP_FUIR_1_9983_S.pdf 

Manifiesto por un trabajo digno para las personas con síndrome de Down

Aprovechando el Día Internacional del Trabajo, desde DOWN ESPAÑA reivindicamos de nuevo la implementación de las medidas y políticas necesarias para garantizar el derecho al empleo de las personas con síndrome de Down. A pesar de que en España solamente el 5% de personas con síndrome de Down trabajan en un entorno laboral ordinario -sólo el 5%- ésta es una realidad que puede y debe cambiar. Es esencial:

1º) establecer políticas de empleo y educación innovadoras,

2º) una colaboración más estrecha con las empresas de nuestro país,

y 3º) una visión diferente de los apoyos hacia las personas con discapacidad intelectual. 

Desde DOWN ESPAÑA proponemos 14 medidas:

1. Organización para el acceso a programas formativos normalizados con los recursos necesarios para cubrir las necesidades de adaptación y apoyo para personas con síndrome de Down (FP dual, talleres de empleo, casas de oficios…).

2. Realización de campañas de sensibilización entre el empresariado para que conozcan la utilidad de incorporar a personas con discapacidad en sus plantillas, eliminen los prejuicios y prevean las condiciones de sistemas de apoyo que necesitan las personas con discapacidad intelectual para que funcione con éxito.

3. Puesta en marcha de mejoras y bonificaciones fiscales y laborales equiparadas a los centros especiales de empleo, para el acceso al empleo en empresas normalizadas (100% de bonificación de la Seguridad Social, 50% del SMI y financiación de adaptaciones en los puestos de trabajo).

4. Reconocimiento oficial de la figura del Preparador Laboral como profesional de apoyo eficaz que media entre la familia, el usuario y la empresa.

5. Reconocimiento y apoyo económico a la figura de los Servicios de Empleo con Apoyo, como herramienta de mediación para la inclusión laboral.

6. Adecuación del decreto que regula el empleo con apoyo: revisión de la financiación, las acciones que contempla, los usuarios a quien va dirigido y las entidades que lo pueden desarrollar.

7. Campañas de seguimiento y supervisión de la obligación de contratación del 2% de la plantilla de PCD en empresas de más de 50 trabajadores, estableciendo cuotas por tipo de discapacidad (intelectual, física, sensorial y mental).

8. Fomento del acceso a las nuevas tecnologías (incluyendo las posibilidades de la inteligencia artificial) para conseguir una mayor empleabilidad del colectivo de personas con síndrome de Down.

9. Establecimiento de convenios de colaboración con entidades empresariales y organismos públicos (SEPE, agencias empleo, …) para detectar nichos de empleo. Todo ello con el fin de dirigir la formación a cualificar a las personas con síndrome de Down en esas profesiones.

10. Revisión de la compatibilidad entre las prestaciones no contributivas por discapacidad, prestación por hijo a cargo y prestaciones económicas por dependencia para establecer una adecuada compatibilidad con las rentas por trabajo (para que el acceso al empleo no sea penalizado con la supresión o suspensión de estas prestaciones).

11.  Cambios que aseguren la participación de la persona trabajadora en la toma de decisiones en todo el proceso de inclusión laboral. La persona con síndrome de Down debe participar activamente en su proceso de inclusión como protagonista de su itinerario en la toma de decisiones, aún con los apoyos oportunos.

12.  Eliminación de la brecha de género que pueda existir en los procesos de selección e inclusión (evitar que se genere una discriminación agravada).

13.  Modificación de las normativas en orden a establecer con carácter general la edad de jubilación para los trabajadores con síndrome de Down, en 45/47 años, y que con 20 años de cotizaciones se les reconozca proporcionalmente como si hubieran cotizado 35 años, teniendo en cuenta su envejecimiento anticipado, su menor esperanza de vida y la mayor incidencia creciente de la enfermedad de Alzheimer a partir de los 40 años de edad.

14. Y, en definitiva. Cumplimiento de las directrices de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en particular en su artículo 27 por su relevancia para la inclusión laboral. En concreto con estas propuestas:

a) que las entidades públicas competentes garanticen la igualdad de oportunidades de acceso al empleo a través de la eliminación de   barreras físicas, comunicativas y de actitud que puedan dificultar su participación en el mercado laboral.

b) La promoción de los Ajustes Razonables en las empresas. Como, por ejemplo: adaptaciones en el lugar de trabajo o el apoyo in situ del Preparador laboral.

c) Que el empleo sea digno y productivo (más allá del acceso al trabajo) con el fin de que aporte un salario justo y la correspondiente promoción profesional.

DOWN ESPAÑA pide «revisar» la ley de empleo con apoyo en el Foro de Alianzas por la inclusión

Casi el 85% de las personas con discapacidad intelectual se encuentra en desempleo y afronta diversos obstáculos a la hora de acceder al mercado laboral. Para superarlos, estas personas requieren de apoyos y de la implicación de empresas, administración y entidades sociales.

Así se puso de manifiesto en el transcurso del Foro Alianzas por la Inclusión, organizado por DOWN ESPAÑA con la colaboración de Fundación Telefónica, el Ayuntamiento de Madrid y el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Un Foro para promover “el empleo con apoyo” para personas con discapacidad intelectual como “modelo de éxito” para la integración laboral de este colectivo. En coincidencia con el Día del Trabajo y el Día Nacional de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU, que se celebran esta semana.

En el transcurso de la jornada, el director de DOWN ESPAÑA, Agustín Matía, puntualizó que solo será posible lograr una “inclusión laboral efectiva” si se consigue “implicar” a las empresas. Se mostró convencido de que éstas “son decisivas” para alcanzar la “transformación” necesaria en este ámbito.

Agustín Matía afirmó que España es un “referente” en la atención y derechos a las personas con discapacidad. Si bien admitió que, en el área del empleo, “no es el ejemplo a seguir”. “Nos lo ha recordado la Convención de Derechos, nos lo han recordado determinados informes”. Al tiempo que juzgó “necesario” llevar a cabo una “transformación más profunda” en torno a una de las “grandes políticas” que “todavía tiene este reto de mejora por delante”.

“Detrás de una persona con discapacidad intelectual hay siempre una necesidad de apoyo. Esta es la «lógica paradójica» que tiene la discapacidad intelectual: hay que apoyarles para que sean lo más autónomos posible para el ejercicio de su vida independiente”. Convencido de la necesidad de que “se den esos apoyos para conseguirlo” y de que es “posible cambiar esas políticas”.

A este respecto, el asesor laboral de DOWN ESPAÑA, Pedro Martínez, hizo hincapié en la urgencia de “revisar” el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. También de “mejorar” las ayudas a las entidades sociales que desarrollan programas de empleo con apoyo. Y al empresario con el fin de alcanzar una “inserción laboral más inclusiva”.

CONCIENCIACIÓN

Tras puntualizar que actos como estas jornadas, celebradas en el Centro Cultural Sanchinarro de Madrid, sirven para “concienciar” al mundo empresarial de que las personas con discapacidad intelectual “pueden trabajar si se les dota de los apoyos necesarios”, explicó que otra de las “principales dificultades” a las que se enfrentan es la de contar con una formación que las dote de los “conocimientos necesarios para que puedan defender un puesto de trabajo”.

“Necesitamos que haya una formación que esté perfectamente diseñada para que personas con discapacidad puedan adquirir esas destrezas necesarias para después mantener un empleo”, sentenció.

En este sentido, el director Global de Acción Social y Voluntariado de Fundación Telefónica, Carlos Palacios, consideró que la experiencia de la compañía capacitando a personas en competencias digitales “tiene que llegar al Tercer Sector y a las entidades sociales que trabajan en la inclusión laboral de personas con discapacidad”.

En este punto, emplazó a todos los actores implicados en ello a “entender que la digitalización es una gran oportunidad para las personas con discapacidad de incorporarse de manera plena al mercado laboral del futuro”.

ALIANZA

En la inauguración del evento también participó el concejal presidente del distrito de Hortaleza de Madrid, David Pérez, quien valoró “fundamental” la “alianza” entre entidades sociales, tejido productivo y administración para ser “más eficaces y efectivos” en la incorporación laboral de personas con discapacidad.

A su entender, uno de los retos más importantes de esta última en cuanto a la mejora de la inserción laboral de personas con discapacidad intelectual para lograr su “máxima autonomía” es “eliminar barreras, permitir que todas las personas, aunque tengan cualquier enfermedad o circunstancia que les dificulte la incorporación al mundo laboral, puedan ejercer sus derechos con plenitud” y que “no haya oportunidades de las que se vean privadas por una discapacidad”.

MESA REDONDA

Tras dicha inauguración se desarrolló una mesa redonda moderada por el director general de Servimedia, José Manuel González Huesa, bajo el título ‘Empleo con apoyo: Un modelo de éxito’ y en la que Pedro Martínez compartió las 14 propuestas de DOWN ESPAÑA para conseguir una inclusión laboral “más efectiva”. Por ejemplo, “flexibilizar” la “compatibilidad” entre prestaciones y empleo, apoyar los servicios de Empleo con Apoyo o adelantar la edad de jubilación de estas personas.

Además, presentó la campaña ‘Extracapacitados’, con la que reivindicamos el derecho al trabajo de las personas con síndrome de Down. Especialmente el acceso a un empleo y su adaptación correspondiente al puesto de trabajo con apoyo.

Por su parte, el responsable de Acción Social en Fundación Telefónica, Luis Rojo, defendió que el empleo “es lo más útil que podemos dar a las personas con discapacidad intelectual y lo más barato para la sociedad”. Abogó por “cambiar subsidio por salario” y llamó a las empresas a que “se atrevan” a contratar a estas personas formadas en las “habilidades tecnológicas necesarias” para desempeñar los puestos que aquellas oferten y a que “valoren lo que aportan” más allá de las “cuotas”.

En la mesa también participó el gerente de la Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid, Pepe Aniorte, quien recordó que el consistorio madrileño fue el primero en convocar unas oposiciones para personas con discapacidad intelectual y, entre sus iniciativas para favorecer su inserción laboral, cuenta con una línea de ayuda a entidades que destacan en el empleo con apoyo. También destacó que el Ayuntamiento de Madrid organiza “codo a codo con las empresas” un taller dirigido a estas personas que ofrece una formación “a medida” en función de lo que “necesita el empresariado”.

MADRID, EN LA AVANZADILLA

“Madrid tiene que estar en la avanzadilla y a la cabeza”, advirtió, para fijarse como “reto” el de alcanzar la “inclusión en el empleo normalizado de las personas con discapacidad”. Sabedores, además, de que la incorporación a una plantilla de este talento se traduce en que el equipo “funciona mejor, está más cohesionado, más orientado al logro y es mucho más solidario, tiene mejores resultados y es más eficiente”.

Ejemplo de ello es la trabajadora con discapacidad intelectual Paloma Orellana, que tiene 51 años, discapacidad intelectual y que, tras dos años trabajando “feliz” en un empleo que le “encanta” y a cuyos profesionales considera “familia”. Todo ello con el apoyo del servicio de empleo con Apoyo de la Fundación APROCOR. Ella instó al conjunto de la sociedad a que “vean” a estos trabajadores por “ellos mismos”, no por su discapacidad, convencida de que también tienen “derecho a trabajar”.

Sobre la reforma del artículo 49 de la Constitución…

La Reforma del artículo 49 de la Constitución, dedicado a la protección de los derechos de las personas con discapacidad, se encuentra en trámite estos días en el Congreso y el Senado. Esta reforma tiene por objeto, según dice el legislador, «actualizar el lenguaje y el contenido» del artículo, y en el ánimo de Sus Señorías parece estar, sobre todo, evitar que el texto de la norma resulte ofensivo para la ciudadanía con discapacidad (y sin discapacidad, añadiría yo).

En pocas palabras, el nuevo artículo 49 cambia el término “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” por el de “personas con discapacidad”, lo cual es, de entrada, un cambio de lo más razonable en términos puramente lingüísticos. Ahora bien, desde un punto de vista sociológico, el lenguaje es mucho más que una manera de comunicarnos, es una manera de expresar nuestra manera de vivir, es decir, de evidenciar los valores, conocimientos y creencias que fundamentan nuestras normas y, por tanto, determinan nuestro comportamiento.

El lenguaje no es neutral, todo lo contrario, es una forma -más o menos compartida- de tomar partido. Así, no es casualidad que en nuestro idioma la tristeza sea “negra”, la esperanza “blanca”, que la valentía se exprese en forma de “huevos”, y que algo aburrido sea un “coñazo”. A través del lenguaje, al fin y al cabo, relacionamos aquello que nos parece valioso con lo positivo, y aquello que no nos parece valioso, con lo negativo. Y claro, las palabras relacionadas con lo negativo se utilizan para insultar, y de esto los de la discapacidad sabemos un rato: “imbécil”, “cojo”, “retrasado”, “disminuido”… son sólo algunos ejemplos de palabras que en algún tiempo fueron neutrales, pero hoy día no.

De esta forma tan sencilla se explica que las personas con discapacidad, de manera más o menos frecuente, rechazan términos con los que en un tiempo pasado se identificaron, pero que nuestro estilo de vida, a fuerza de transmitir estereotipos de generación en generación, ha pervertido. Y así se entiende también la necesidad de hacer este cambio en la Constitución.

Ahora bien, ¿contribuye esta reforma a eliminar las razones que nos han obligado a hacerla? ¿El hecho de que la Constitución consagre el término “discapacidad” significa que nuestro país va a dejar de considerar a las personas con discapacidad como ciudadanas de menor valor? ¿Nos aseguramos de que no será necesario volver a cambiar la norma dentro de 20, 30 ó 40 años?

Me gustaría responder que “seguramente SÍ”, pero me temo que debo contestar que “probablemente NO”.

En muchos foros se ha presentado este acuerdo parlamentario como una evidencia de que las cosas están cambiando respecto a la población con discapacidad, y que es precisamente este cambio social el que revela que partidos políticos habitualmente enfrentados, hayan conseguido ponerse de acuerdo, y por tanto, es algo que debemos celebrar.

No lo discuto, pero también podríamos razonar algo parecido, pero en sentido contrario: que partidos políticos radicalmente enfrentados se pongan de acuerdo en este cambio, implica que quizá la cuestión les parece tan menor, tan insignificante, tan poco interesante, que nadie va a darle importancia. Esto no parece falto de verdad si tenemos en cuenta que a algunos discursos, supuestamente a favor de la reforma, les ha sobrado paternalismo, y les ha faltado respeto a la dignidad de las personas con discapacidad. 

Dice el refrán que el diablo se esconde en los detalles. No cabe mayor verdad cuando hablamos de cualquier forma de discriminación, como es la discriminación por discapacidad, o capacitismo. El capacitismo es un asunto complejo, que se explica históricamente, y que, como cualquier otra forma de discriminación, tiende a reproducirse y resistirse a los cambios, casi siempre escondida bajo un manto de buena voluntad.

En definitiva, celebremos esta mejora en el texto constitucional, es justo hacerlo, pero no agradezcamos demasiado. Tendremos que seguir exigentes, atentos, y, como siempre, reivindicativos.

Agustín Huete García. Sociólogo. INICO. Universidad de Salamanca.

Aprobada la reforma del artículo 49 de la Constitución, ¿Qué supondrá?

Este jueves, y tras 20 años de espera, se ha aprobado la reforma de ley pactada entre PSOE y PP para modificar el artículo 49 de la Constitución. El resultado, con 312 votos a favor y 32 en contra, es la eliminación del término ‘disminuidos’ y su sustitución por ‘personas con discapacidad’.

 

«Las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación»

Además, el nuevo redactado de nuestra Carta Magna, recoge la obligación de los poderes públicos de “realizar las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión social en entornos universalmente accesibles” de las personas con discapacidad.

De este modo, la Constitución española se alinea la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en el año 2008.

«Lo que estamos haciendo es saldar una deuda moral contraída con más de cuatro millones de conciudadanos», ha afirmado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Desde DOWN ESPAÑA celebramos este cambio histórico que termina con un texto discriminativo para las personas con discapacidad y esperamos que su aprobación también suponga un fuerte compromiso del Gobierno para hacer efectivas las reformas necesarias en materia de inclusión.

El Supremo obliga a España a compensar a Rubén Calleja por haber sufrido discriminación

Después de 14 años de lucha en diferentes tribunales, por fin ha llegado una noticia muy esperada para la familia de Rubén Calleja, el joven con síndrome de Down a quien se excluyó de la enseñanza en un colegio ordinario. Ahora, el Tribunal Supremo ha sentenciado que el dictamen del comité de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU que señalaba que Rubén fue víctima de discriminación es vinculante. Por tanto, el Estado español deberá reparar o compensar los daños económicos, morales y emocionales sufridos por el menor y su familia, que sufrió un auténtico calvario llegando a ser acusados de un delito de abandono familiar por negarse a escolarizar a su hijo en un centro de educación especial.

Nada más conocer la sentencia, DOWN ESPAÑA ha hablado con Alejandro Calleja, padre d Rubén, para conocer sus impresiones.  “Estamos felices. Después de tantos años, por fin se reconoce el derecho a la dignidad de Rubén, y su derecho fundamental a una educación inclusiva que le fue negado durante años”. Por otro lado, Calleja afirma que “esta sentencia es el reconocimiento del derecho a la educación inclusiva en España, a la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad y a los derechos que reconoce la propia Constitución española, que en el caso de Rubén se han vulnerado sistemáticamente. Lo más importante es que sienta un precedente y crea jurisprudencia y que se beneficiará de ello aquellos que vengan detrás”, añade.

Por otro lado, la Federación también ha conversado con el abogado experto en educación inclusiva que ha llevado este caso, Juan Rodríguez Zapatero. “Esta sentencia es una llamada de atención urgente al conjunto de los poderes públicos y señala la necesidad urgente de que se adopten todas las medidas necesarias para adaptar la legislación educativa a la Convención”.

“La sentencia del Tribunal Supremo tiene un alcance importante porque señala que los dictámenes del comité de las Naciones Unidas son a partir de ahora vinculantes a nivel jurídico. El comité dictaminó en su día que en el caso de Rubén hubo una lesión de derechos fundamentales, y ahora el alto tribunal ha emitido una sentencia que los avala”, explica.

Para el jurista, esta sentencia “refuerza la Convención de las Personas con Discapacidad, y marca el camino para que cualquier persona o familia que vea sus derechos fundamentales vulnerados acuda al comité de la Convención”. Eso sí, a pesar de la importancia de la sentencia, según explica el experto, si no cambia la legislación y una familia ve vulnerado el derecho de su hijo o hija a una educación inclusiva, tendría que agotar todas las instancias judiciales antes de recurrir al Comité, un camino que podría llevar más de una década.

Para el abogado “no se trata de que las familias sean héroes y se sacrifiquen como la familia de Rubén, sino de que se reforme de una vez por todas el sistema educativo para adaptarlo a la Convención y así garantizar el derecho a una educación inclusiva de todo el alumnado”.

También es importante recalcar que esta nueva sentencia del Tribunal Supremo no cuestiona las anteriores sentencias, ya que no han sido revisadas. Lo que recalca es que no se adoptaron las medidas de eficacia para proteger a un menor que fue discriminado por su discapacidad.

Para Rodríguez Zapatero, “el estado español no actuó como debía. Vulneró el derecho a la educación inclusiva de Rubén. Ahora el camino es claro y no podemos mirar para otro lado. Es un hecho palpable que España no está cumpliendo la Convención y es necesaria una reforma del sistema educativo”.

Sobre la necesaria reforma, el experto apunta que “debería llegar cuanto antes porque es una exigencia que no sólo debería ser de las familias de personas con discapacidad, sino de toda la sociedad. Hace falta ya una ley de inclusión educativa y un consenso de todos los partidos políticos porque hablamos de un derecho fundamental. Hay que exigir que el Estado cumpla con su deber”.

Sentencia del Tribunal Supremo, disponible haciendo click aquí.

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DOWN ESPAÑA pedirá a Fiscalía que valore si se vulneraron los derechos fundamentales de Arya, la niña con síndrome de Down de Alcantarilla

DOWN ESPAÑA pedirá al Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, que valore si la discriminación cometida por el director de una guardería pública de Alcantarilla (Murcia), a una niña con síndrome de Down, es una vulneración de derechos fundamentales y puede ser constitutiva de delitos penales. El director pretendía cobrar a la niña el doble de la tasa establecida por el ayuntamiento para los gastos de escolaridad, comedor y material escolar por razón de su discapacidad.

Desde DOWN ESPAÑA consideramos que este caso es claro ejemplo de regresión en materia de inclusión educativa y una prueba evidente de la vulneración que sigue existiendo en materia de derechos fundamentales para los niños con discapacidad en España.

Los hechos tuvieron lugar el pasado mes de enero cuando Mercedes se encontraba en la búsqueda de una guardería para Arya, siguiendo las recomendaciones de la asociación de ASSIDO MURCIA, donde la niña recibe atención temprana. Tras visitar la Escuela de Educación Infantil Madre Piedad de la Cruz, de Alcantarilla, le pareció una buena opción para su hija, que entonces tenía dos años y medio. El primer contacto que Mercedes mantiene con el director es telefónico y asegura que en esa primera conversación “me dijo que mi hija ocupaba una plaza doble si tenía una discapacidad o si se autolesionaba: así que, en vez de abonar 200 euros al mes como el resto, tenía que pagar 400 euros». Mercedes pidió entonces una reunión presencial con el director quien volvió a reiterarle lo que habían hablado anteriormente, explicándole que todo partía de “un tema económico” y que la valoración de si ocupaba o no doble plaza la hacía él mismo.

Tras valorar la situación, Mercedes puso entonces los hechos en conocimiento del propio consistorio a través de un escrito que también dirigió a la Concejala de Educación, la Inspección de Educación y la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad de la Región de Murcia. El consistorio ha impuesto una pequeña multa económica de 300 euros al director de la escuela infantil por entender que realizó una interpretación errónea de la normativa que regula la escolarización de los niños con necesidades educativas especiales en los centros de Enseñanza Preescolar. Ante lo que la madre califica como “una falta de firmeza de la administración” la intención de Mercedes es “llegar hasta el final, porque han menoscabado la dignidad de mi hija, y lo voy a hacer por ella y por todos los que vengan detrás”.

DOWN ESPAÑA recuerda toda la legislación que existe en nuestro país en relación a la no discriminación de las personas por razón de su discapacidad:

-Los Artículos 14 y 27 de la Constitución Española recogen el derecho fundamental a la educación y a la igualdad de los españoles y prohíbe toda forma de discriminación.

De la conjunción de ambos artículos se desprende que las personas con  discapacidad tienen  derecho  a  una educación dentro de un sistema inclusivo a todos los niveles, en igualdad de condiciones con los demás.

-La Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad -que España ratificó en 2008- y que es de obligado cumplimiento en nuestro país al tener rango de tratado jurídico internacional de Derechos Humanos, en su artículo 2 establece que por discriminación por motivos de discapacidad se entiende “cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. En el mismo sentido, el artículo 5 prohíbe toda discriminación por motivos de discapacidad y su artículo 24 establece, sobre la base de la igualdad de oportunidades, que los Estados asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles para las personas con discapacidad y se asegurarán que no queden excluidas del sistema general de educación por motivo de la discapacidad”.

-Por otro lado, la Ley Orgánica 2/2006, de Educación en su artículo 74.1 recoge que “la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá  por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo (…).

-La misma Región de Murcia establece en su Decreto n.º 359/2009, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado que “el Proyecto Educativo de centro acogerá positivamente el respeto a los principios de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, conforme establece el artículo 121.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Lanzamos nueva guía para impulsar la accesibilidad en las empresas

En DOWN ESPAÑA, seguimos trabajando para impulsar la inclusión de las personas con síndrome de Down en empresas ordinarias, a través de numerosas las iniciativas y proyectos que hemos llevado a cabo. Una de ellas, es la creación de recursos para facilitar a los empresarios y/o gerentes de compañías y entidades la transformación de sus empresas para hacerlas más accesibles.

Para ello, hemos diseñado una guía interactiva con recomendaciones para empresas cuyo objetivo es adaptar el puesto de trabajo a las personas con discapacidad intelectual y así conseguir un entorno laboral más compresible, accesible y manejable para todos.

“En la guía “Cómo hacer tu entorno laboral más accesible”, hemos incluido los conceptos básicos sobre accesibilidad, así como consejos para la adaptación o reajuste de toda aquella empresa que quiera abrir sus puertas a la inclusión de las personas con discapacidad intelectual”, explica Naiara Alarcón, experta en Empleo de DOWN ESPAÑA.

Guía interactiva, disponible en este enlace: https://creamosinclusion.com/curso_accesibilidad/index.html

La ONU solicita la eliminación del empleo segregado de personas con discapacidad para garantizar su derecho a un trabajo digno

El órgano supervisor de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las personas con Discapacidad (CDPD) ha publicado el Documento de Observaciones Generales nº 8 sobre el derecho de las personas con discapacidad al trabajo y al empleo.

El objetivo de este texto es aclarar las obligaciones de los Estados parte en relación al artículo 27 de la Convención, que establece los principios del derecho de las personas con discapacidad al trabajo y al empleo, proporcionando una base para que los países firmantes cumplan sus compromisos acordes a los Objetivos de Desarrollo Sostenible como agenda global de cumplimiento de los Derechos Humanos (agenda 2030). Y en concreto el Objetivo 8.5, el que busca conseguir para 2030 una vida plena y productiva con empleo “decente para todas las personas, incluidas las personas con discapacidad, e igualdad de remuneración por trabajo de igual valor”.

Esta interpretación nº 8 del Comité define el derecho al trabajo como fundamental y esencial para la realización de otros derechos humanos y establece que muchas personas con discapacidad no son reconocidas como sujetos de derechos y titulares de derechos, sino que son “reducidas” a sus deficiencias. Por ello, y tras expresar reiteradamente su preocupación por el hecho de que las políticas de los Estados parte siguen reflejando un enfoque capacitista de la discapacidad, solicita a los Estados una serie de obligaciones y cambios acordes a la CDPD.

“Los Estados parte deben tomar las medidas hasta el máximo de sus recursos disponibles y, cuando sea necesario, en el marco de la cooperación internacional, con miras a lograr progresivamente la plena realización del derecho al empleo”.

Eliminación de la segregación y otras obligaciones

 El artículo 27 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce el derecho al trabajo en igualdad de condiciones con las demás, incluido el derecho a ganarse la vida mediante un trabajo elegido o aceptado libremente en un mercado laboral y un entorno de trabajo abiertos, inclusivos y accesibles para las personas. También considera que las personas con discapacidad no deben ser segregadas en talleres protegidos sino trabajar en empresas ordinarias junto a personas sin discapacidad, y este es un punto clave del informe, pues según señala, “a pesar de algunos avances, la falta de acceso al mercado laboral abierto y la segregación continúan siendo los mayores desafíos para las personas con discapacidad”. 

Por ello, una de las principales obligaciones de los Estados parte es eliminar gradualmente el empleo que segrega a las personas con discapacidad del empleo abierto e inclusivo.

El documento de Observaciones Generales nº 8 expone que el empleo segregado para personas con discapacidad, como los talleres protegidos, no debe considerarse como una medida progresiva del derecho al trabajo, que se manifiesta únicamente mediante un empleo libremente elegido o aceptado en un mercado laboral abierto e inclusivo. Se critica que el empleo segregado, como los talleres protegidos, incluyen todavía prácticas basadas en la segregación, en la organización en torno a determinadas actividades específicas que se considera que las personas con discapacidad pueden realizar; centradas en los enfoques médicos y de rehabilitación de la discapacidad; no promueven la transición al mercado laboral abierto ni remuneran a las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.

El nuevo documento plantea una orientación de cambios a las estructuras de empleo protegido, como cuando se menciona que las empresas de empleo que son administradas y dirigidas por personas con discapacidad, incluidas aquellas que son de propiedad conjunta y controladas democráticamente, no pueden considerarse empleo segregado si brindan condiciones de trabajo justas y favorables, en igualdad de condiciones con las demás. En definitiva, la Observación nº8 señala que, pese a algunos avances, la falta de acceso al mercado laboral abierto y la segregación continúan siendo los mayores desafíos por delante. La discriminación, la denegación de ajustes razonables, los lugares de trabajo inaccesibles y el acoso, siguen vigentes.

Además de este principal deber de eliminar la segregación, el informe señala tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados partes: las obligaciones de respetar, proteger y cumplir el derecho al empleo de las personas con discapacidad. A su vez, la obligación de cumplir contiene obligaciones de facilitar, proveer y promover el empleo a las personas con discapacidad.

 “Los Estados parte tienen la obligación fundamental inmediata de garantizar la satisfacción de, al menos, los niveles mínimos esenciales del derecho al trabajo y al empleo […] En el contexto del artículo 27, esta obligación fundamental abarca la obligación de garantizar la no discriminación y la igualdad de protección en el empleo”.

Para respetar su compromiso con la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad, los Estados parte también deberán llevar a cabo un estudio exhaustivo para determinar las repercusiones del capacitismo en el derecho a un trabajo y un empleo libremente elegidos, en igualdad de condiciones con los demás, de las personas con discapacidad; realizar análisis sobre las barreras a las que se enfrentan las personas con discapacidad en el ámbito laboral, así como elaborar estrategias y planes de acción para garantizar su derecho al trabajo.

Estos planes de acción concretos requieren que los Estados partes realicen y lleven a cabo programas de desarrollo de conocimientos y capacidades, incluidas capacitaciones dentro de los sectores público y privado y la economía informal, para garantizar el cumplimiento de la Convención.

Por supuesto, todas las medidas deberán proteger especialmente a las mujeres con discapacidad de la discriminación múltiple que hoy en día sufren en la sociedad.

En el caso de España, las consecuencias de aplicación de este Documento de interpretación nº 8 sobre la aplicación de la CDPD son enormes y de gran calado:

-Las políticas de empleo de personas con discapacidad (para ser acordes a DDHH y para evitar discriminación) tendrían que aplicar sus recomendaciones en relación al empleo segregado o a los talleres protegidos para personas con discapacidad.

-Se debieran aplicar cambios para que las políticas de empleo prioricen el derecho al trabajo, en un mercado laboral abierto e inclusivo (por ejemplo, potenciando los sistemas de Empleo con Apoyo) y no prioricen el empleo protegido como está sucediendo ahora mismo en sus diferentes leyes, decretos y herramientas de apoyo.

-Es necesario que nuestro país cambie las políticas económicas de apoyo al empleo de las personas con discapacidad, dando prioridad al empleo de tipo inclusivo, y evitando que los recursos vayan mayoritariamente al empleo protegido (como pasa actualmente) y se centren el inserción laboral ordinaria.

-Es esencial revisar el funcionamiento de las estructuras de empleo protegido existentes en España, para asegurar que éstas sean democráticas, de libre elección u opción para las personas con discapacidad, gestionadas por ellos y con condiciones de trabajo similares al resto de trabajadores.

-Estas recomendaciones debieran ser parte esencial del futuro “Libro Blanco sobre Discapacidad” y del proyecto de nueva “Ley de Empleo” que se está debatiendo en la actualidad.

“El trabajo y el empleo significativos son esenciales para la seguridad económica, la salud física y mental, el bienestar personal y el sentido de identidad de una persona”

Para consultar el documento oficial (en inglés), pulse aquí.

Documento en español (traducción provisional no oficial)pulse aquí.

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